AFIP: las billeteras virtuales deberán informar las transacciones mayores a $200.000

La medida comenzará a regir a partir del 1° de mayo. De exceder el monto establecido, el organismo de control podría intimar a los usuarios y hasta cerrar sus cuentas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que, a partir del 1° de mayo, las billeteras virtuales deberán informar a la entidad recaudadora sobre transacciones que superen los $200.000. Esta normativa se aplica a todas las billeteras virtuales existentes.

El objetivo de la AFIP es establecer límites y hacer que las billeteras informen de forma obligatoria cuando algún usuario exceda este límite. De esta manera, se podrá determinar el origen de los fondos y verificar si son legítimos o no.

Todas las billeteras virtuales están reguladas por las normativas de la AFIP y tienen la responsabilidad de hacer cumplir los nuevos límites establecidos. Por lo tanto, es fundamental que los usuarios estén informados sobre estos nuevos límites para evitar posibles problemas con el organismo recaudador.

En cuanto a los montos, los saldos finales mensuales inferiores a $200.000 no serán reportados a la AFIP.

Por otro lado, los usuarios podrán realizar ingresos y egresos mensuales en sus cuentas en montos que no superen los $120.000. En caso contrario, se notificará a la AFIP.

En cuanto a las transacciones individuales, estas serán reportadas a la AFIP cuando superen los $400.000.

Las aplicaciones, por su parte, tienen la obligación de informar a la AFIP cuando algún cliente exceda los montos mencionados anteriormente. Por lo tanto, en el caso de que un usuario supere los límites establecidos, el ente recaudador evaluará la situación fiscal del contribuyente “para evitar irregularidades”.

De ser necesario, la AFIP solicitará al usuario que demuestre el origen de los fondos utilizados en esa operación. En este sentido, si existe intimación por parte de la AFIP, el contribuyente deberá presentar recibos de sueldo, facturas u otras pruebas para aclarar su situación.

En tanto, si no se cumplen las condiciones, el ente recaudador podría cerrar la cuenta del usuario y realizar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).

Las notificaciones sobre irregularidades son responsabilidad de la AFIP, que se comunicará con el usuario a través del domicilio fiscal electrónico declarado o mediante la misma aplicación.

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